La jueza Zunilda Niremperger hizo lugar este sábado este sábado a la medida cautelar interpuesta por Federación Médica y Aclysa para que casi cuarenta médicos correntinos que trabajan en el sistema de salud chaqueño y fueron puestos en aislamiento obligatorio, puedan seguir trabajando en esta provincia.
La magistrada federal ordenó al Poder Ejecutivo de la Provincia de Corrientes “arbitre las medidas necesarias para permitir a los profesionales médicos consignados en la demanda (un listado de casi cuarenta profesionales de la salud) la libre circulación hacia esta provincia para la prestación de los servicios esenciales de salud en los establecimientos en que ellos se desempeñan y su regreso hacia Corrientes”.
La medida aclara que dicho derecho podrán ejercerlo “en tanto no presenten síntomas compatibles con coronavirus (COVID-19)”.
La jueza también precisó que la medida tendrá vigencia hasta que finalice el aislamiento social, preventivo y obligatorio y/o se dicte sentencia definitiva, y ya cursó la documentación digital al gobernador Valdés y al Fiscal de Estado de Corrientes. Asimismo, se remitió un comunicado de lo actuado al Ministerio de Salud de la Nación, que es la autoridad de aplicación de la emergencia sanitaria.
EL CASO
Cabe recordar que la medida cautelar y el recurso de amparo presentados por las entidades gremiales Federación Médica del Chaco y Asociación de Clínicas y Sanatorios, con el patrocinio legrado del abogado José Sánchez, denunciaba la inconstitucionalidad de la “Circular Nº 6” emitida por el “Comité de Crisis Covid 19” del gobierno correntino el pasado 24 de marzo.
Allí se ordenaba a los médicos incluidos en el reclamo -todos profesionales que viven en la Provincia de Corrientes y desempeñan su labor profesional en Chaco- recluirse en aislamiento obligatorio en sus domicilios, y no abandonarlos a riesgo de ser arrestados.
En tanto, vía cautelar se solicitaba se autorizara a esos profesionales a seguir cruzando al Chaco a trabajar, toda vez que, como en el caso de policías, bomberos y otras actividades, se trata de personal exceptuado del decreto nacional que ordena el aislamiento preventivo. Salvo que presenten síntomas de la enfermedad.
Antes de conocerse la decisión de la Justicia, el diario de mayor circulación de la provincia de Corrientes publicó una nota de tapa en la que, en línea con la postura de su gobierno, acusaba a “los chaqueños” de haber llevado “la maldita enfermedad” a Corrientes, y aseguraba que había siete médicos correntinos que trabajaban en Chaco infectados con “el mal”.
Este sábado, finalmente, la Justicia Federal se expidió sobre el particular, aclarando que la inconstitucionalidad de la disposición del “Comité de Crisis” será analizada cuando se revise la cuestión de fondo, pero haciendo lugar de manera inminente a la cautelar innovativa que prescribía la autorización a esos médicos a seguir trabajando. Siempre, claro, que no tuvieran coronavirus.
Niremperger recordó que antes de que se publicara el decreto nacional específico, el gobierno nacional ya había declarado la emergencia sanitaria, y que incluso Corrientes lo había hecho a nivel de su Legislatura, puesto que el drama del dengue precedía en la región a la pandemia de Covid-19. Más tarde esa provincia también adhirió al decreto que establecía un protocolo unificado para todo el país, en el caso del coronavirus.
Para la magistrada, la situación no sólo alcanza el derecho de trabajar y circular de los médicos involucrados: “Se advierte que la situación que se genera en la presente excede la determinación de si en el caso se ve o no afectado, prima facie, el derecho de trabajar de esas personas, extendiendo sus efectos aún más, esto es, que la decisión adoptada por la Circular 6/2020 trae aparejada consecuencias directas e inmediatas”.
Admite que en principio no es reprochable poner “límites más estrictos” a la comunidad en general, pero insiste en que “exceptuar al personal de salud, no resulta ser una medida caprichosa ni mucho menos irrazonable” ya que “el Estado Nacional tiende a preservar por sobre todas las cosas, derechos constitucionales fundamentales, el derecho a la Salud y la atención sanitaria indispensable ante semejante Pandemia, y sumado ello, ante la Emergencia Sanitaria oportunamente declarada tal como fuera ya mencionado”.
Fuente: https://3500noticias.com/