El decreto suspende el desalojo de las tierras, a la vez que establece que la posesión debe ser actual, tradicional y pública.
El presidente Alberto Fernández extendió por cuatro años la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan los pueblos originarios, por medio de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) a través del cual también se suspenden por el mismo plazo la ejecución de sentencias sobre esos litigios.
Mediante el decreto 805, publicado hoy en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo revalida los plazos que fueron establecidos en la ley 26.160, y que en su oportunidad fueron extendidos por las leyes 26.554, 26.894 y 27.400.
La normativa sancionada por el Presidente, y firmada por todos los ministros del Gabinete, suspende por «el plazo de emergencia declarada la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las tierras», y establece que «la posesión debe ser actual, tradicional, pública y encontrarse fehacientemente acreditada».
Al respecto, la portavoz Gabriela Cerruti, sostuvo «Esta norma habla de un reordenamiento territorial que se está llevando a cabo y que no está concluido», y señaló que «el reordenamiento territorial es un espacio de diálogo para la cuestión de los pueblos originarios que reclaman derechos sobre algunos territorios».
Cerruti explicó que “la prórroga de esta ley se realizó porque dicha extensión tenía media sanción del Senado y despacho de comisión de Diputados, pero como vencía hubo que hacer la prórroga por DNU antes del 23 de noviembre».
Sobre los hechos de violencia perpetrados en regiones de la Patagonia, sostuvo: “Repudiamos todo hecho de acción violenta y ayudamos a los gobiernos provinciales a prevenirla y a contenerlas y perseguirlas cuando estas suceden”.