Las personas vacunadas podrán ser convocadas para trabajo presencial

Lo establece una Resolución Conjunta de los Ministerios de Salud y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

La suspensión del trabajo presencial para todas aquellas personas que al menos hayan recibido una dosis de la vacuna contra el Covid-19 llega a su fin, siempre y cuando así lo decidieran los empleadoras o empleadores, según la Resolución Conjunta 4/2021 de los Ministerios de Salud y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social publicada este viernes en el Boletín Oficial con las firmas de Carla Vizzotti y Claudio Moroni.

En el artículo primero de la Resolución se establece que «los empleadores y las empleadoras podrán convocar al retorno a la actividad laboral presencial a los trabajadores y las trabajadoras, incluidos los dispensados y dispensadas de la misma por encontrarse comprendidos en los incisos a), b) y c) del artículo 1° de la Resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social N° 207/2020 y sus modificatorias, que hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19 autorizadas para su uso en la República Argentina, independientemente de la edad y la condición de riesgo, transcurridos 14 días de la inoculación».

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