La norma establece que, para acceder al beneficio, es necesario que no exista una relación de parentesco entre las dos partes, y trabajar 12 horas semanales o más en una casa particular. La parte empleadora deberá contar con ingresos de al menos $175.000, de lo contrario se procede a la baja del beneficio.
El Gobierno nacional estableció los requisitos para acceder al programa Registradas, destinado al personal doméstico, mediante la resolución 657/21 publicada en el Boletín Oficial.
En primer lugar, se establece que la solicitud de adhesión al programa deberá realizarse al momento de registrar la relación laboral. Es requisito la inexistencia de parentesco entre la parte empleadora y la parte empleada, hasta el primer grado, es decir, padre, madre o hijo. Las trabajadoras de casas particulares deben trabajar 12 horas semanales o más en el mismo hogar.
Para la parte empleadora, es necesario contar con un ingreso igual o superior a $175.000, y no figurar en el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal). En cuanto a las sanciones, la resolución establece que “cuando el empleador o la empleadora no cumpliere con las obligaciones establecidas” se procederá a “la baja automática del beneficio, sin perjuicio de las acciones legales que pudieran corresponder”.
El Programa Registradas busca reducir la informalidad laboral en el sector de trabajadoras de casas particulares y promover su acceso y permanencia en un empleo registrado.
El Estado nacional paga una parte del sueldo de la trabajadora hasta $15.000 durante 6 meses a cuenta del pago que realiza la parte empleadora. Además, el programa promueve la bancarización de las trabajadoras de casas particulares a través de una cuenta gratuita en el Banco de la Nación Argentina.